-Presentar tu declaración anual, Durante el mes de abril de cada ejercicio, en los siguientes supuestos:

Conoce tus obligaciones como asalariado y como cumplir con ellas


• Si obtuviste ingresos mayores a 400,000 pesos en el año.
• Si trabajaste para dos o más patrones en el mismo año, aún cuando no hayas rebasado los 400,000 pesos
• Si dejaste de prestar tus servicios antes del 31 de diciembre del año de que se trate.
• Si prestaste servicios por salarios a personas que no efectúan retención como embajadas u organismos internacionales.
• Si obtuviste otros ingresos acumulables (honorarios, arrendamiento, actividades empresariales, entre otros) además de salarios.
 • Haber obtenido ingresos por salarios y también haber obtenido intereses nominales que no hayan excedido de $20,000.00.

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